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Normas de caza para la temporada cinegética 2009/2010

19/10/2009¬

INSTRUCCIONES DE EXPEDICIÓN DE TARJETAS:

 

Renovación de Tarjetas de Caza para la Temporada 2009/2010

 

RENOVACIÓN DE TARJETAS DE SOCIOS:

Los cazadores que habiendo obtenido la tarjeta de caza de la Temporada 2008, no hayan modificado su vecindad, recibirán en su domicilio la Tarjeta de la temporada 2009 y una carta de pago con el importe de renovación (50 euros). En el caso de seguir estando interesados deben proceder al abono de las cartas de pago antes del día 18 de noviembre y portarla obligatoriamente junto con la tarjeta para poder acceder a cazar en el Coto de Bardenas.

 

CAZADORES NOVELES:

Aquella persona que haya obtenido el certificado de aptitud en el año 2009 (apto en el examen de caza del Gobierno de Navarra): presentará en las oficinas de la Comunidad la siguiente documentación: Certificado de vecindad del Ayuntamiento en el que se haga constar 10 años de vecindad continuada y 9 meses de residencia efectiva al año. Presentado dicho documento se le entregará una carta de pago por importe de 50 € que deberá abonar en cualquiera de las cuentas indicadas. Con la entrega de la carta de pago abonada en la secretaría de la Comunidad, se obtendrá el carnet de socio.

 

CAZADORES NO SOCIOS:

Personas que eran cazadores sin ser socios de Bardenas en la temporada anterior: deben presentar en la oficina de la comunidad la siguiente documentación: Certificado de vecindad en el que se haga constar la condición de vecino con la antelación exigida por las ordenanzas de la comunidad: 10 años de vecindad continuada y 9 meses de residencia efectiva al año. (Se expide por el Ayuntamiento de cada municipio). Presentada dicha documentación se le entregará carta de pago por importe de 180 € que deberá abonar en cualquiera de las cuentas indicadas. Con la entrega de la carta de pago abonada en la secretaría de la Comunidad, se obtendrá el carnet de socio.

 

Horario de atención al público: de 10 h. A 13 h. De lunes a viernes.

Lugar: Tudela, c/ San Marcial nº 19 – Teléfono de información: 948 820020

 

Fecha límite de expedición de tarjetas: 17 de noviembre de 2008

 

RESERVAS DE CAZA Y APARCAMIENTOS OBLIGATORIOS

 

Se establecen trece zonas de reserva, indicadas en mapa informativo anexo a las normas.  En dichas zonas queda terminantemente prohibido cazar.

 

Se establecen setenta y ocho puntos de aparcamiento obligatorio de vehículos, señalados al dorso en mapa informativo.

 

En las zonas establecidas para galgos, esta temporada estará totalmente prohibida la caza para todas las especies.

 

DÍAS HÁBILES DE CAZA EN EL COTO

 

Liebre: vedada durante esta temporada, tanto para escopeta como galgo en toda la Bardena.

 

Perdiz: 1, 8, 15, 22 y 29 de noviembre.

 

Resto especies de caza menor: 1, 8, 15, 22 y 29 de noviembre y 6, 13, 20 y 27 de diciembre.                                 

                                

Jabalí y zorro en batidas organizadas: según normativa específica de esta modalidad, que podrá consultarse en las oficinas de la Comunidad de Bardenas.

 

Nota: Los informes de control de especies cinegéticas del año 2009 pueden consultarse en esta misma página web.

 

NORMAS INTERNAS DEL COTO PARA EL EJERCICIO DE LA CAZA

 

 Se autoriza a los socios con tarjeta para la temporada 2009-10 a campear los perros de pluma (galgos y podencos no) en la Bardena, durante los días previstos en la normativa general en octubre de 2.010, fuera de las zonas de reserva y de galgos y hasta las 14 horas, estando prohibido portar armas o palos durante el campeo, ni transportarlas en los vehículos.

 

PERDIZ: de acuerdo con la ley foral 364/2009, el cupo máximo de capturas por cazador y día se establece en tres piezas que deberán ser inmediatamente anotadas en la ficha de control de capturas adjunta.

 

LIEBRE: VEDADA. Prohibida su caza toda la temporada en atención a su baja densidad y a los estudios científicos que se están realizando (año 2009/10), de esta especie, con colaboración económica del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

 

La caza menor en las Caídas de la Negra sólo podrá practicarse con perros de muestra.

 

CAZA DE JABALÍ Y ZORRO EN BATIDAS ORGANIZADAS: de acuerdo con la normativa general, su caza en Navarra sólo puede realizarse en batidas o monterías, estando prohibida la modalidad al salto. Por lo tanto en Bardenas únicamente se cazará esta especie en forma de batidas organizadas y conforme a su normativa particular.

 

Respecto de las batidas, se podrá cazar únicamente en las zonas y fechas que a cada cuadrilla corresponda según sorteo que  realizará la Comunidad de Bardenas. A tal efecto, antes de las 13 horas del día 18 de noviembre, las cuadrillas deberán presentar listado de socios que componen las mismas (indicando nombre,  apellidos y D.N.I. de cada uno), responsable de cada cuadrilla y teléfono de contacto.

 

Las cuadrillas contarán con los siguientes integrantes:

- Las que cacen maices: no inferior a 25 socios ni superior a 40 socios.

- Las que cacen La Negra: no inferior a 40 socios ni superior a 60 socios.

Las listas serán cerradas. No se aceptarán altas ni bajas a lo largo de la temporada.

 

USO DEL CHALECO DE ALTA VISIBILIDAD:   será obligatorio para la caza menor en los lugares: Umbría, Caídas y Plana de la Negra, Alfarillo, La Nasa. (En el resto de zonas: se recomienda su uso)

 

PROHIBICIONES ESPECIALES:

 

A) Todos los días señalados como hábiles el coto quedará cerrado a partir de las dos de la tarde.

 

B) Con independencia de lo establecido anteriormente, el Presidente de la Comunidad de Bardenas, previos los informes y asesoramientos pertinentes, podrá modificar los períodos hábiles siempre que las circunstancias así  lo aconsejen.

 

C) Queda prohibido cazar en cuadrillas de más de tres cazadores.

 

D) Queda prohibido transitar con vehículos por los caminos de la Bardena con armas de fuego montadas o desenfundadas, ya estén cargadas o descargadas.

 

E) Queda terminantemente prohibido estacionar los vehículos fuera de las zonas de aparcamiento obligatorio.

 

F) Queda prohibido portar armas de fuego, en todo el territorio de la Comunidad de Bardenas, los días inhábiles para el ejercicio de la caza.

 

G) Se prohíbe la caza con escopetas, durante todos los días hábiles en las zonas de reserva y zonas de caza exclusiva con galgos.

 

INFRACCIONES Y SANCIONES INTERNAS DEL COTO

 

1º.- Al que fuera sorprendido cazando desde vehículo, con cepos, lazos, hurón y demás artes prohibidas, ó en reservas, se le impondrá una multa de 600 € y retirada de la tarjeta de caza por el período de un año.

 

2º.- Todo aquel que estacione el vehículo fuera de las zonas de aparcamiento obligatorio (cuando esté cazando) o que sobrepase el horario de cierre del coto (las 14 horas), será sancionado con multa de 100 €.

 

3º.- Resto de infracciones a las normas internas del coto de Bardenas se establece como sanción 100 euros.

         

Tudela, 9 de octubre de 2008



 
     
   
 
C/San Marcial 19, Tudela (Navarra) Tfno: 629 53 32 72 Correo electrónico: ascapebar@bardenasreales.es