| Zona(s)
núcleo
Comprende los lugares
declarados como Reserva Natural de “Rincón
del Bu” (RN-36) y Reserva Natural de “Caídas
de la Negra” (RN-37) y protegidos según la
Ley Foral 6/1.987.y suman un total de 2.386 hectáreas
con el fin de conseguir la preservación y mejora
de determinadas formaciones o fenómenos geológicos,
especies, biotopos, comunidades o ecosistemas, permitiéndose
la evolución de estos según su propia dinámica.
Expónganse los usos o actividades
en la(s) zona(s) núcleo:
Las actividades permitidas en estas Reservas,
según su Plan de Uso y Gestión, contemplado
en el Decreto Foral 230/1998, de 6 de julio, tendrán
como objetivo conservar en su estado actual los valores
naturales de estas zonas, permitiéndose la evolución
de éstos según su propia dinámica y
autorizando únicamente las actividades destinadas
a la mejora y conservación de dichos valores, así
como los usos tradicionales existentes con anterioridad
a su declaración como Reserva (agricultura de secano
en año y vez, ganadería extensiva y caza según
el Plan de Ordenación Cinegética), y que se
demuestran compatibles con la conservación, mejora
y fomento de los valores naturales así como con los
objetivos de conservación de las zonas Núcleo
de las Reservas de la Biosfera.
Las actividades didácticas evitarán
las zonas fuera de las vías de acceso existentes.
La gestión de las masas forestales se
realizará de acuerdo únicamente con el principio
de persistencia del monte, sin que prevalezcan condiciones
de índole económica en la determinación
de la fórmula principal de masa, edades de cortabilidad,
métodos de corta, localización de cortas y
otros.
Se debe controlar el acceso a los acantilados
en la época crítica de febrero a junio.
Eventuales efectos negativos en la(s)
zona(s) núcleo de los usos o actividades existentes
en ella(s) o fuera de ella(s):
Como se explica más adelante, concretamente en el
punto 16. 3.1. la afluencia de personas a Bardenas Reales,
que en ocasiones como Semana Santa y fines de semana de
primavera llega a ser masiva, ha traído consigo problemas
sobre el medio natural relativas a la alteración
de los estados erosivos, debido a la introducción
incontrolada de todo vehículos todo terreno, perturbación
de la fauna en lugares críticos, y trayendo nuevas
afecciones como riesgo de incendios y depósitos de
basuras, principalmente en las zonas más emblemáticas,
que suelen coincidir con las más de mayor protección
y vulnerabilidad.
También se producen daños en
la invasión de tierras cultivadas y sobre los rebaños,
al ser perturbados por vehículos 4 x 4 aunque en
la actualidad los itinerarios para estos vehículos
están regulados.
Zona(s) tampón
Se corresponde con
las Zonas periféricas de protección de las
Reservas Naturales de “Rincón del Bu”
(RN-36), “Caídas de la Negra” (RN-37)
y 157 ha de las 250 de la Zona periférica de protección
del “Vedado de Eguaras” (RN-31), todas ellas
legalmente protegidas por la Ley Foral 9/1.996, de 17 de
junio, de Espacios Naturales de Navarra y con las Zonas
de Especial Protección para las Aves propuestas “Rincón
del Bú-La Nasa-Tripa Azul” y “El Plano-Blanca
Alta”.
Expónganse
los usos de la tierra y las actividades económicas
principales en la(s) zona(s) tampón:
Se definen las primeras como lugares con valores
ecológicos elevados que se declaran como tales para
conseguir la preservación y mejora de determinadas
formaciones o fenómenos geológicos, especies,
biotopos, comunidades o ecosistemas, permitiéndose
la evolución de estos según su propia dinámica.
Según su régimen especifico de
protección, indicado en el Articulo 18 punto 3, de
la Ley Foral 9/1,996, en estas Zonas Periféricas
de Protección se permitirán, entre los usos
no constructivos, sólo aquéllos vinculados
a la investigación, educación ambiental y
divulgativos, a la ejecución de infraestructuras
de interés general o de utilidad pública,
los usos agrícolas y ganaderos que se vinieran realizando
y sus mejoras, cuando resulten compatibles con la protección
del espacio natural, el aprovechamiento forestal conforme
a los proyectos de ordenación o planes técnicos
forestales, los cinegéticos conforme a los planes
de ordenación cinegética, las prácticas
deportivas que el Plan de Uso y Gestión considere
compatibles con la conservación de la naturaleza,
y las construcciones vinculadas a investigación o
educación ambiental, así como excepcionalmente,
las construcciones e instalaciones vinculadas a los aprovechamientos
agrícolas, ganaderos o forestales que deban desarrollarse
en suelo urbanizable y que no la deterioren gravemente.
Asimismo las Zonas de Especial Protección
para las Aves vendrán reguladas según las
Directivas 79/409/CEE y la 79/43/CEE y los artículos
22 a 44 de la Ley Foral 10/1994 de Ordenación del
Territorio y Urbanismo.
Se trata de asegurar que en un futuro se sigan
dando los mismos usos tradicionales del teritorio que han
hecho posible que Bardenas pueda optar hoy a proponerlas.
Eventuales efectos negativos a corto
y largo plazo en la(s) zona(s) tampón de los usos
o actividades existentes en ellas(s):
Las afecciones producidas en las zonas tampón
coinciden con las de la zona núcleo, es decir, las
derivadas de la presencia humana, como pueden ser la perturbación
de fauna amenazada en épocas críticas, la
alteración de la erosión, como consecuencia
del tránsito de vehículos todo terreno de
forma incontrolada, el abandono de basuras y la perturbación
al ganado y destrucción de siembras con la consiguiente
merma para sus cosechas.
Zona de transición
Como Zona de Transición
se han incluido la Zona agrícola extensiva, la Zona
agrícola extensiva especial, la Zona agrícola
intensiva, la Zona ganadero-forestal, Zonas de usos especiales
y la Zona de Acondicionamiento turístico y recreativo,
definidas en el Plan de Ordenación de los Recursos
Naturales y descritas en el punto 4.5 de este documento.
Esta Zona de Transición
corresponde a todo el territorio del Parque Natural sin
incluir las dos Reservas Naturales y las Zonas Periféricas
de Protección , tanto de estas dos Reservas, como
la parte de Zona Periférica de Protección
del Vedado de Eguaras, incluida en los límites del
Parque.
[La Estrategia de Sevilla concedió
una mayor importancia a la zona de transición ya
que se trata de la zona donde han de tratarse las cuestiones
clave sobre medio ambiente y desarrollo de una región
determinada. La zona de transición no tiene, por
definición, una delimitación espacial sino
que cambia de tamaño según los problemas que
van surgiendo con el tiempo. Descríbase brevemente
la zona de transición tal y como está prevista
en el momento de la propuesta, los tipos de cuestiones que
han de tratarse en ella a corto y largo plazo. El tamaño
debe mencionarse sólo a título indicativo.]
Expónganse los usos de la tierra
y las actividades económicas principales en la(s)
zona(s) de transición:
Los usos reconocidos y permitidos en esta Zona
de Transición serán todos los que se han venido
realizando de forma tradicional en éste territorio,
que son la agricultura de secano año y vez, ganadería
extensiva y caza.
Usos Agrícolas
La agricultura es en la actualidad el primer uso en orden
de importancia en la Bardena. No obstante, las iniciales
concesiones reales de aprovechamientos a los pueblos, no
citaban el derecho a roturación y cultivo. Referencia
a la historia de la Agricultura en Bardenas (Preguntas 9
y10).
La Bardena supone un notable aumento de la
superficie agrícola disponible para pueblos congozantes.
Este incremento es mas importante en cuanto a secano, ya
que la superficie de este cultivo en los pueblos alcanza
44.364 Ha y la Bardena la incrementa en otras 20.526 Ha,
lo cual supone un incremento de tierra de secano del 46%.
La importancia global del regadío es mucho menor,
ya que los pueblos disponen de 41.481 Ha y la Bardena aporta
1.460 Ha , menos del 4%.
Comenzando por el secano, podemos estimar la
importancia económica que llega a suponer, tomando
como referencia las producciones asignadas en el Plan de
Regionalización y un precio de la cebada de 21 pts/kg.
Con estas consideraciones resulta que el valor bruto de
la cosecha total en el secano bardenero, alcanzaría
la cifra de 365.213.840 pts.
Procediendo de igual manera con el regadío,
suponiendo que toda su superficie se cultivara de maíz,
dado que toda la comarca cuenta con un rendimiento de 6.500kg/Ha
y un precio de 25 pts/kg., la cosecha total tendría
un valor bruto de 237.302.000 pts.
Por todo ello y sin tener en cuenta la escasa
superficie dedicada a otros cultivos, la producción
agrícola anual de la Bardena puede estimarse en unos
valores brutosaproximados de 602.515.840 pts, con una media
de 344.689 pts para cada uno de los 1.748 agricultores de
Bardenas.
En función de las superficies de cada
tipo de cultivo y el canon anual de cada uno resulta que
la Comunidad recauda 2.410.426 pts por el secano de primera
categoría ; 6.360.379 pts por el de segunda; 9.460.378
pts por el de tercera; 3.559.486 pts por el regadío
y 269.801 pts por viñas, esparragueras y almendros.
La suma total de los ingresos de la Comunidad en concepto
de agricultura es por tanto de 22.060.470 pts, lo que aproximadamente
supone un 3,66% de la cosecha bruta y una media de 12.620
pts por agricultor.
Importancia económica
de la Ganadería en la Bardena
El censo ganadero medio a lo largo del año
en la Bardena es de 38.259 ovejas. Según las estimaciones
técnicas y las encuestas realizadas a los propios
ganaderos, el numero medio de días a lo largo del
año en los que el ganado obtiene su ración
completa en Bardenas, llega a ser hasta de sesenta. Esto
supondría 2.295.540 U.F.L (Unidad Forraje Leche,
que es la cantidad de energía que necesita una vaca
para producir un litro de leche.
En práctica, una oveja de 50 kg. necesita
una media de 1,1 U.F.L diarias.
El resto del año, 305 días, obtendría
únicamente un tercio de la ración, la correspondiente
al “volumen”, lo cual supondría 3.889.665
U.F.L.
El producto bruto anual de la oveja es de 15.117
pts. y sus necesidades anuales de 400 U.F.L.. Con estas
consideraciones, la Bardena aporta 6.185.205 U.F.L.
Dividendo esta cantidad por las 400 U.F.L anuales
necesarias por oveja y multiplicando el resultado por las
15.117 pts. de producto bruto, obtenemos un total de 233.754.360
pesetas al año, que podríamos denominar ”cosecha
ganadera” de la Bardena.
Dado que el numero de cabezas varia de unos
a otros, vamos a calcular la aportación económica
de la ganadería en base a las cifras medias obtenidas
en los cinco últimos años.
Así, como el numero medio de ovejas
y cabras en la primera temporada es de 83.877 y el importe
por cabeza es 66 pts. su aportación es de 5.535.882
pts. Respecto a las vacas, son 311 en primera temporada
y multiplicado por 660 pts. resultan 205.260 pts. Por lo
tanto los ingresos de la primera temporada son 5.741.142
pts.
Respecto de la segunda, 52.390 ovejas y cabras
a 86 pts. resultan 4.505.540 pts. y 375 vacas a 860 pts.
son 322.500 pts. El total de la segunda temporada es entonces
de 4.828.040 pts.
Sumando las cantidades de ambos periodos, obtenemos
que los ingresos obtenidos en concepto de ganadería
por Comunidad de Bardenas son de 10.569.182 pts. al año.
Usos forestales
En el Segundo Inventario Forestal Nacional
(Ministerio de Agricultura, 1.994) el territorio de Bardenas
se considera perteneciente a cinco categorías en
cuanto a sus usos: Forestal arbolado, Forestal arbolado
ralo, Forestal desarbolado, Cultivos e Improductivo.
A efectos de la Ley Foral 13/1.990 de protección
y desarrollo del patrimonio forestal de Navarra son aprovechamientos
forestales los maderables, los leñosos, los pastos,
frutos, plantas aromáticas y medicinales, setas,
trufas, productos agrícolas y demás productos
de los montes.
De éstos aprovechamientos los maderables
son inexistentes y la extracción de leña está
regulada por las Ordenanzas de Bardenas, que establecen
el derecho de todos los congozantes a extraer leñas,
en terrenos no vedados, y que prohibe el arranque de pinos,
sabinas y sisallo.
La recolección de frutos o semillas
por parte de viveristas y la de plantas aromáticas
y medicinales deberían ser regulados, de tal forma
que la vegetación no vea mermado su estado de conservación.
Las actuaciones de repoblación en Bardenas
son escasas. Se considera que para conservar, mejorar, y
aumentar la cubierta vegetal es preferible que se alcance
favoreciendo la dinámica natural de la vegetación
mediante el control de los diferentes usos. En el caso de
que se considere necesaria la revegetación, se tendrán
que emplear especies propias de la zona, las plantas y semillas
utilizadas deberán contar con una certificación
de origen que garantice su proveniencia del territorio y
en la preparación del terreno para las labores de
revegetación, deben aplicarse las técnicas
menos perjudiciales para la cubierta vegetal y el suelo.

Usos Cinegéticos
La caza ha existido siempre en Bardenas. En la actualidad
el número de tarjetas de caza se ha estabilizado
en torno a las ochocientas, lo que supone unos ingresos
anuales de entre 4,5 y 5 millones de pesetas para la comunidad
de Bardenas.
Usos piscícolas
La pesca no se puede considerar como un uso tradicional
en Bardenas, ya que hasta 1.995 esta actividad se realizó
de forma puntual y por iniciativa individual de algunas
personas. La construcción del Embalse del Ferial
supuso una oportunidad decisiva para el desarrollo de este
nuevo aprovechamiento. De hecho, la Comunidad de Bardenas
firmo en 1.993 un convenio con el departamento de Obras
Publicas, mediante el cual todos los usos compatibles con
la existencia de este embalse, salvo el uso del agua para
riego y abastecimiento, serian gestionados por la Comunidad
de Bardenas.
Fruto del mencionado convenio, tal y como ocurre
con otros aprovechamientos, el ejercicio de la pesca se
reserva para los vecinos congozante de Bardenas. La primera
temporada piscícola tuvo lugar en 1.996, año
en el que se extendieron un total de ciento diez tarjetas
y su importe total fue de trescientas setenta y seis mil
pesetas.
En 1.997 el número de tarjetas descendió
a noventa y siete y su importe a ciento setenta y cinco
mil pesetas. En el futuro, dado el carácter turistico-recreativo
de la zona del Ferial y para favorecer su desarrollo, debería
estudiarse la posibilidad de extender un numero determinado
de tarjetas para pescadores no congozantes.
Junto a la tarjeta de pesca, se suministra
a los pescadores fichas para la anotación de los
resultados obtenidos y en los aparcamientos se han colocado
los buzones donde deben depositarse. La colaboración
obtenida ha sido muy escasa, por lo que no se dispone de
mas información.
Usos turísticos
La Bardena ha sido desconocida hasta hace poco tiempo, pero
las recientes publicaciones, películas y reportajes
realizados, han hecho que numerosas personas del resto de
Navarra, otras Comunidades e incluso de países cercanos,
quieran conocer este territorio tan particular. En un principio,
decenio de los ochenta, la mayoría de las visitas
tenían como fin el carácter aventurero con
coche y motos todo terreno. A comienzos de los noventa,
coincidiendo con el “boom” de las bicicletas
de montaña, la Bardena se convirtió en un
territorio ideal para la práctica de ese deporte,
por su fácil acceso, poco tránsito, escaso
riesgo y buen clima.
Otros usos
Además de los usos mencionados, las Ordenanzas de
Bardenas prevén los siguientes:
• Extracción de cal y yeso: en la actualidad
han desaparecido.
• Extracción de leña.
• Extracción de piedra.
Apicultura:
Es un uso tradicional que antaño se realizaba en
muchos parajes en los que la vegetación natural,
por su cobertura, permitía el desarrollo de esta
actividad, como la Nasa, la Negra, zonas de la Blanca y
cercanías del barranco de Tudela.
Extracción de estiércol:
Es considerado en las Ordenanzas como un bien de la Comunidad
y no del ganadero.
Nuevos usos
Energías
alternativas
• Energía eólica: la
Comunidad Foral Navarra regulado el procedimiento de implantación
de parques eólicos que afecten a su territorio, mediante
Decreto Foral 125/1.996, de 26 de Febrero
• Energía hidroeléctrica: La Acequia
de las Cinco Villas nace en territorio aragonés y
procede del Canal de la Pardina. Esta acequia penetra en
territorio de Bardenas en su zona Este Central, crea en
su kilómetro 15,5 un salto de agua, ubicado en término
de Bardenas y vuelve a salir a territorio aragonés
en su kilómetro 16,5 por lo que apenas discurre mil
metros en nuestro territorio. La instalación de una
central hidroeléctrica en dicha zona es compatible
con los usos determinados en este proyectos, por lo que
se considera autorizable dicha actividad, previo procedimiento
de Evaluación de Impacto Ambiental y estudio de Afecciones
Ambientales.
• Energía solar: A pesar de que en la actualidad
no existen proyectos relacionados con la producción
de energía solar en Bardenas, este proyectos debe
prever su posible instalación futura, de modo armónico
con los usos indicados en el Plan de Ordenación.
Otros usos
Al crearse las figuras de protección
definidas en este proyecto, se pueden limitar los usos futuros
que pretenda realizar la Comunidad de Bardenas Reales, en
relación a algunos usos que difícilmente tendrían
cabida dentro de las figuras propuestas.
Por ello, se considera conveniente establecer
una zona en la periferia de Bardenas, que cumpla las condiciones
de tener buena accesibilidad, facilidad de instalación
de infraestructuras, contar con anteriores procesos de degradación
y/o escaso valor natural.
Eventuales efectos negativos de los usos o las actividades
en la(s) zona(s) de transición:
Los principales efectos negativos los produce el
uso turístico. La presencia humana que en ocasiones
como Semana Santa y fines de semana de primavera llega a
ser masiva, ha traído consigo la siguiente problemática.
• Sobre el medio natural, en el pasado
los lugares con mayor afluencia de vehículos eran
barrancos, grandes cabezos, cortados y espacios protegidos,
al ser estos los mas destacados en las diferentes publicaciones.
Esto coincide con los parajes mas utilizados para la reproducción
por muchas especies. En la actualidad todos estos usos junto
con la acampada incontrolada, están vigilados y regulados
por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales.
• Sobre los usos tradicionales: dado
que gran parte del tránsito se hace campo a través,
se invaden tierras cultivadas con el consiguiente daño
a las cosechas.
Sobre la caza no solo se producen molestias
en las épocas criticas de reproducción, sino
también sobre el propio ejercicio cinegético,
con el consiguiente riesgo para las personas.
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